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HOMICIDIO

Homicidio, delito que comete quien da muerte a otra persona. Se trata del delito más común contra la vida humana, y su autor se encuentra castigado en casi todas las legislaciones del mundo, con penas privativas de libertad, a las que habrá que añadir con frecuencia la obligación de reparar el daño moral infligido a los allegados de la víctima.

Además del homicidio hay otros delitos contra la vida humana bien diferenciados: el parricidio, que consiste en matar a un ascendiente, descendiente o cónyuge; el infanticidio, que comete la madre cuando, para ocultar su deshonra, mata a su hijo recién nacido; el asesinato, que consiste en matar a otra persona con alevosía, premeditación o ensañamiento, o mediando recompensa o precio; la inducción al suicidio, que consiste en auxiliar o inducir a otra persona a que se suicide; una variante de este último es el auxilio ejecutivo al suicidio, que comete el que presta la ayuda hasta el punto de ser él mismo quien ejecuta la muerte.

En algunas legislaciones existe una variedad de homicidio, denominada homicidio en riña tumultuaria: se produce cuando, encontrándose varias personas en plena disputa, tiene lugar una muerte y no consta su autor.

Por su parte, el delito de aborto tiene un tratamiento muy diferente en las distintas legislaciones penales, según el grado de permisividad de cada una. Pero en el plano penal jamás puede ser considerado homicida el autor de un delito de aborto, y cuando se divulgan en determinados círculos antiabortistas radicales equiparaciones entre ambos delitos, se trata sin duda de una identificación equivocada desde el punto de vista penal, pues el aborto nunca puede ser considerado como delito contra la vida humana independiente. Téngase en cuenta que el feto, desde una perspectiva jurídica, no es persona (al margen de que así se le considere desde algunas interpretaciones morales o religiosas) por lo que falta el primer requisito del delito de homicidio, el que atañe a la víctima.

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